Municipalidad de EL HOYO
Provincia del Chubut
VISTO:
La ley de Corporaciones Municipales XVI Nº 46, la Ordenanza Municipal N° 82/2021 y 36/2023 y el Expediente DEM MEH N° 339/2021.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza MEH N° 82/2021 se crean las partidas presupuestarias destinadas a la realización del Programa Nacional “Banco de Maquinarias, herramientas y materiales para la emergencia social”, siendo que los fondos fueron gestionados ante la Secretaria de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, mediante Resol-2020-131-APN-MDS de fecha 19 de marzo de 2020.
Que, finalizado el programa, la Secretaría informa mediante Dictamen IF-2023-117263882-APN-CRC#MDS que existe un saldo de PESOS CIENTOTREINTA Y CINCO MIL CON CUATRO CENTAVOS ($135.000,04), los cuales deben ser transferidos a la cuenta de dicho organismo, dejando constancia de ello en autos.
Que, conforme a Ordenanza Municipal N° 36/2023 la partida presupuestaria 06.02.19.07. BANCO DE MAQUINARIAS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES PARA LA EMERGENCIA SOCIAL, ya no existe en el presupuesto de gastos y recursos vigente aunque el programa no fue ejecutado en su totalidad, por lo que los fondos a devolver a la Secretaria de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, deberán ser imputados a la partida 02.03.06.03 OBRAS Y TRABAJOS PÚBLICOS DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL, y transferidos desde la cuenta originaria del programa donde queda el remanente, radicada en Banco Nación Argentina, cuenta N°24636883 que esta Municipalidad tiene habilitada a tal efecto en dicho organismo.
POR ELLO:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO,
en uso de las facultades que le son propias
RESUELVE:
Artículo 1º. ORDENAR, la transferencia de la suma de PESOS CIENTOTREINTA Y CINCO MIL CON CUATRO CENTAVOS ($135.000,04) a la cuenta de la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, CUIT 30-70704639-9 y CBU 0110599520000002682220, conforme a los considerandos.
Artículo 2. ENCOMENDAR, a la Secretaría de Hacienda, Economía y Finanzas y por su intermedio a quien corresponda a realizar la transferencia y documentar en el expediente, dando informe a la Secretaría de Desarrollo Económico Local quien deberá remitir información al organismo nacional requirente.
Artículo 3. IMPUTAR, los montos a devolver a la partida presupuestaria identificada 02.03.06.03 OBRAS Y TRABAJOS PÚBLICOS DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL, conforme a los considerandos.
Artículo 4º. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLIDO ARCHÍVESE.