Municipalidad de EL HOYO
Provincia del Chubut
VISTO:
La Ley de Corporaciones Municipales XVI N° 46, la Ordenanza nro. 34/89, el expediente administrativo “Figueroa, Julio Omar” nro. 026/2019, las comunicaciones 23/2022, 01/2023 y 03/2023 emitidas por el Honorable Concejo Deliberante, La Resolución del DEM, nro. 649/2023, y:
CONSIDERANDO:
Que conforme consta en las actuaciones mencionadas, existe una solicitud de inspección sobre tierra fiscal, que motiva que se efectuara la inspección correspondiente, de la forma de estilo, incorporándose detalles de la ocupación y fotografías;
Que, el solicitante ocupa y tiene cercada una superficie aproximada de 14 has., 58 a, y 94 ca, en el Lote 11, Cuasiparcela 6, de la Chacra 20, del Ejido de El Hoyo, conforme surge de los planos agregados a dichas actuaciones;
Que, la superficie presenta una amplia fracción que es ladera e impide el aprovechamiento;
Que, la municipalidad necesita de superficies de tierra a los fines de desarrollar distintos proyectos de infraestrutura;
Que, es posible conciliar los derechos del ocupante con los intereses que pretende preservar el municipio, especialmente destinado a la colocación de una antena por parte de una empresa proveedora de servicios de internet y telefónica, para acceder a brindar el servicio de 4g, con alcance local;
Que asimismo, se puede proyectar en parte de la misma superficie distintos proyectos de interés local;
Que la Resolución del DEM, nro. 649/2023, resultó un acto administrativo, que pretendió reconocer al ocupante una superficie de 5000 metros cuadrados, sin contemplar la posibilidad de reclamo por parte del ocupante, de reclamar por no contemplar dicha norma, la reparación económica por sobre las mejoras introducidas;
Que, conforme conversaciones mantenidas con el ocupante, se acuerda que el mismo mantendría su pretensión sobre una superficie de 103436,29 metros cuadrados, deslindándose a favor de la Municipalidad de El Hoyo, dos fracciones, para primera en el lado Sur, de 22148,49 metros cuadrados y la segunda del lado Oeste con una superficie de 15768,57 metros cuadrados;
Que, asimismo se acredito en las mismas actuaciones que también resulta ocupante, la mujer del señor Figueroa, la señora Mónica Daniela Huenelaf, DNI nro. 22.512.938, quien comparte derechos como ocupante con el nombrado Figueroa;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL HOYO
en uso de las facultades inherentes al cargo
RESUELVE
ARTÍCULO N° 1: REVOCAR, la Resolución nro. 649/2023 del DEM, de fecha 02 de junio de 2023, en cuanto reconoce a Julio Omar Figueroa y Mónica Daniela Huenelaf, el carácter de ocupante de una fracción de 5000 metros cuadrados, en el Lote 11, Cuasiparcela 6, de la Chacra 20, del Ejido de El Hoyo;
ARTÍCULO N°2: RECONOCER, a Julio Omar Figueroa y Mónica Daniela Huenelaf, el carácter de ocupante de una fracción de terreno de una superficie de 103436,29 metros cuadrados en el Lote 11, Cuasiparcela 6, de la Chacra 20, del Ejido de El Hoyo;
ARTÍCULO Nº 3: DECLARAR, Libre de ocupantes las fracciones ubicadas al Sur y al Oeste del Lote 11, de 22148,49 metros cuadrados y de 15768,57 metros cuadrados, respectivamente;
ARTÍCULO N° 4: ENCOMENDAR, al área de planeamiento municipal, llevar adelante la delimitación correspondiente, a los fines de llevar adelante los proyectos de interés municipal en las fracciones detalladas en el artículo anterior;
ARTÍCULO N° 5: ENCOMENDAR, al área de Tierras Municipal, a los fines de notificar y solicitar la conformidad de los pobladores, de lo dispuesto por esta Resolución.
ARTÍCULO N° 6: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE y cumplído ARCHÍVESE