Resolución N° 942
Aporte económico Sra. Barbara Raquel Sierra Hidalgo
Fecha
07/10/2024
Número
942

Municipalidad de EL HOYO

Provincia del Chubut


VISTO: 

         La Ley de Corporaciones Municipales XVI Nª46 y la Nota N° 330/24 DSMEH presentada por el Área de Desarrollo Social.

CONSIDERANDO: 

Que se encuentra en abordaje interinstitucional la situacion de la Sra. Barbara Raquel Sierra Hidalgo DNI N° 18.844.780, con la participación de las siguientes instituciones: el Área de la Mujer de la Municipalidad, el Hospital de El Hoyo, la Policía Comunitaria y el Área de Desarrollo Social de la Municipalidad;

Que dicho abordaje ha permitido la implementación de medidas de acompañamiento y contención, las cuales han tenido avances y retrocesos, siendo fundamental continuar brindando apoyo a la Sra. Bárbara en su proceso de recuperación y reintegración social;

Que en los últimos meses la Sra. Bárbara ha dado pasos importantes en su reinserción laboral, dedicándose a la producción de alimentos para la venta de manera independiente. Sin embargo, la falta de recursos económicos ha impedido la continuidad de esta actividad productiva, lo que ha generado una situación de extrema vulnerabilidad económica;

Que la Sra. Bárbara se encuentra en riesgo de quedar en situación de calle, lo que agravaría su situación de vulnerabilidad y afectaría negativamente su proceso de recuperación;

Que, conforme a lo dispuesto por el Área de Desarrollo Social, es necesario otorgar un aporte económico por única vez, destinado a cubrir el costo del alquiler de la vivienda de la Sra. Barbara, y así prevenir que se agrave su situación de vulnerabilidad;

 

POR ELLO: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL HOYO
en uso de las facultades inherentes al cargo
RESUELVE

          

ARTÍCULO 1°: Otorgar un aporte económico por única vez de $200.000 (PESOS DOSCIENTOS MIL) a favor de la Sra. Barbara Raquel Sierra Hidalgo DNI N° 18.844.780, destinado exclusivamente al pago del alquiler de su vivienda.

ARTÍCULO 2: IMPÚTESE el monto ocasionado a la partida presupuestaria Ayuda Social a Personas.

ARTÍCULO 3: REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE y cumplido ARCHÍVESE.